Guía para ti Actualizado el 14 de mayo de 2026

Licencia prenatal, postnatal
y fuero maternal: guía completa.

Ley de los novenos, licencia prenatal, postnatal parental y exámenes preventivos. Todo lo que necesitas saber si estás embarazada y tienes Isapre, con respaldo en normativa vigente.

En esta guía
  1. Ley de los novenos
  2. Cómo elegir tu plan
  3. Licencia prenatal
  4. Licencia postnatal
  5. Postnatal parental
  6. Permiso de 5 días del padre
  7. Fuero maternal
  8. Licencia por enfermedad del bebé
  9. Exámenes que cubre tu Isapre
  10. Preguntas frecuentes

La ley de los novenos: qué es y cómo cubre tu parto

Si te afilias a una Isapre estando embarazada, la ley establece que tu cobertura del parto y del embarazo será proporcional al tiempo de gestación que reste desde tu afiliación.

El texto legal vigente establece:

En términos prácticos, la cobertura se calcula así:

  • Si te afilias en el mes 2 del embarazo, tienes cobertura por los 7 meses restantes
  • Si te afilias en el mes 3, cobertura por los 6 meses restantes
  • Si te afilias en el mes 5, cobertura por los 4 meses restantes

Solo pagas el costo proporcional, no el costo completo del embarazo. El cobro retroactivo queda eliminado.

Derecho importante: al momento de contratar, la Isapre no puede exigirte una declaración sobre tu estado de embarazo. Así lo establece la normativa de la Superintendencia de Salud.

Calculadora aproximada de cobertura proporcional

Estima cuánto cubrirá tu plan según las semanas de embarazo al firmar el contrato. Mueve los controles para ver el impacto.

~67%
6 de 9 meses cubiertos por el plan

Aún tienes buena cobertura proporcional. Cada semana cuenta.

Cálculo aproximado. La regla de los novenos solo afecta las prestaciones del parto (hospitalización, atención obstétrica). Los controles prenatales, ecografías y exámenes se cubren con el porcentaje ambulatorio normal del plan, sin proporcionalidad. El monto exacto depende del plan contratado y de la Isapre. Basado en la Circular IF/N°271 (2016) de la Superintendencia de Salud.
Ver planes con buena cobertura hospitalaria →
Si el bebé se adelanta, la cobertura efectiva baja: la proporción se calcula sobre la duración efectiva del embarazo, es decir, hasta el día real del parto. Por eso la mejor estrategia es planificar con anticipación, idealmente con una buena cobertura hospitalaria desde antes del embarazo, o combinando tu plan con un seguro complementario que cubra lo que el plan no alcance.

Cómo elegir tu plan de Isapre si estás embarazada

El tipo de plan que contrates influye directamente en cuánto pagarás por el parto y los controles. Estos son los aspectos clave a revisar:

  • Plan preferente: si ya elegiste la clínica donde quieres dar a luz, busca un plan preferente en ese lugar. Ofrece mayor porcentaje de cobertura y generalmente sin tope en la mayoría de las prestaciones, a diferencia del plan libre elección que suele tener topes.
  • Red de prestadores: verifica que la clínica donde planeas dar a luz esté dentro de la red del plan que estás evaluando. Una vez elegida la Isapre, cambiar de clínica puede implicar menor cobertura.
  • Cobertura hospitalaria del parto: revisa el porcentaje de cobertura para hospitalización y parto. Compara también si existen topes anuales que puedan afectarte en caso de complicaciones o estadía prolongada.
  • CAEC: la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas protege ante gastos muy elevados en caso de complicaciones graves. Verifica la Red de Prestadores con la Isapre.
  • Inscripción del nonato desde el mes 7: desde el séptimo mes de embarazo puedes inscribir al bebé como hijo nonato en tu plan. Si tuviese alguna preexistencia ya estaría dentro de la Isapre y con cobertura desde el nacimiento. Además, por fallo de la Corte Suprema de noviembre de 2022, los niños menores de 2 años no pagan el precio base del plan (la prima GES sí se cobra).

Licencia prenatal: cuándo empieza, cuánto dura y cómo se calcula el monto

La licencia prenatal protege a la trabajadora durante las semanas previas al parto, permitiéndole descansar con derecho a subsidio.

Duración y emisión
42 días (6 semanas) antes del parto

La emite el médico tratante o la matrona en la semana 34 de embarazo. Las licencias presentadas antes de ese plazo serán rechazadas por la SUSESO. Si el parto ocurre después de las 6 semanas, el médico emite una prórroga que cubre hasta el día previo al nacimiento.

¿Quiénes acceden?
Trabajadoras dependientes e independientes afiliadas al sistema previsional
  • Trabajadoras dependientes del sector privado afiliadas al sistema previsional
  • Trabajadoras independientes afiliadas al sistema previsional
  • Las dependientes del sector público mantienen su remuneración y no requieren licencia prenatal
Requisitos — Dependientes
Sector privado
  • 6 meses de afiliación previsional anteriores al mes en que se inicia la licencia
  • 3 meses de cotización (90 días) dentro de los 6 meses anteriores a la fecha inicial de la licencia
  • Contrato de trabajo vigente
  • Contratadas por día/turno/jornada: puede rebajarse a 1 mes (30 días) dentro de los 180 días anteriores
Requisitos — Independientes
Trabajadoras por cuenta propia
  • 12 meses de afiliación previsional
  • Al menos 6 meses de cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 12 meses
  • Estar al día en el pago de cotizaciones (se considera al día si pagó el mes anterior al de la incapacidad)
Monto del subsidio
El menor de dos cálculos

Dependientes: se toma el menor entre (1) el sueldo promedio diario de los 3 meses previos al inicio de la licencia, y (2) el sueldo promedio diario de los 3 meses previos a la fecha probable de concepción (FUR/FUP), ajustado por variación IPC e incrementado en 10%.

Independientes obligadas a cotizar: renta imponible anual dividida en 12. Si cotizó por un monto menor, se usa lo efectivamente cotizado.

Independientes no obligadas: cotización en base a la renta imponible del mes anterior al inicio de la licencia.

Prohibición: no se puede realizar ningún trabajo remunerado durante la licencia prenatal. Si se incumple, la licencia debe ser rechazada. Si tienes más de un empleador, debes presentar una licencia por cada uno.

Licencia postnatal: duración, extensiones y casos especiales

Al momento del nacimiento comienza la licencia postnatal. Debe emitirse con el RUT del recién nacido.

Duración base
84 días (12 semanas) desde el nacimiento

La licencia debe emitirse con el RUT del recién nacido.

Casos especiales
Extensiones según condición del parto
  • Parto antes de la semana 33 o bebé menor de 1,5 kg al nacer: 6 semanas adicionales
  • Parto múltiple: 7 días corridos adicionales por cada hijo adicional
  • Si ocurren ambas condiciones simultáneamente, se aplica el permiso de mayor extensión

Postnatal parental: modalidades y cómo cedérselo al padre

Al terminar el postnatal comienzan 12 semanas adicionales de permiso. Existen tres modalidades para ejercerlo.

Modalidad A
24 semanas en jornada completa

12 semanas de postnatal + 12 semanas de Permiso Postnatal Parental (PPP) en jornada completa. Es la modalidad por defecto si no se notifica al empleador sobre una opción distinta.

Modalidad B
12 semanas completas + 18 semanas en media jornada

En la segunda etapa (media jornada) se paga el 50% del monto de la licencia postnatal.

  • Para elegir esta modalidad: avisar al empleador mediante carta certificada con copia a la Inspección del Trabajo, al menos 30 días antes de que terminen las primeras 12 semanas de postnatal
  • Si no se avisa a tiempo, debe tomarse en Modalidad A (24 semanas jornada completa)
  • El empleador está obligado a aceptar, salvo que la naturaleza del trabajo exija jornada completa
Modalidad C
Traspaso al padre (hasta 6 semanas)
  • La madre puede ceder al padre hasta 6 semanas de las 12 del PPP
  • El padre puede hacer uso a partir de la semana 7 del PPP (semana 19 desde el inicio del postnatal)
  • Si la madre eligió media jornada para el PPP, solo puede ceder 12 semanas al padre en esa misma modalidad
  • El padre debe avisar con al menos 10 días de anticipación: a su empleador, al empleador de la madre y a la Dirección del Trabajo
  • El padre tiene fuero por el doble del periodo de licencia a jornada completa (máximo 3 meses en media jornada), contando desde 10 días antes del permiso
  • El permiso pagado de 5 días del padre al momento del nacimiento sigue vigente y es independiente del PPP
Prohibición: no se puede realizar ningún trabajo remunerado durante la licencia postnatal ni durante el PPP en jornada completa. El incumplimiento implica rechazo de la licencia.

Permiso de 5 días del padre: cómo y cuándo usarlo

El artículo 195 del Código del Trabajo establece que el padre tiene derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo. Puede ejercerlo de dos formas:

Opción 1 — Desde el parto
5 días continuos, excluyendo el descanso semanal

Si el padre elige usarlo desde el momento del parto, los 5 días deben tomarse de forma ininterrumpida. Los días de descanso semanal que caigan en ese período no cuentan dentro de los 5 días.

Opción 2 — Dentro del primer mes
5 días distribuidos libremente antes del mes del nacimiento

El padre puede distribuir los 5 días como estime pertinente —en forma continua o fraccionada— mientras los use dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento.

Otros detalles
Lo que debes saber
  • No se aumenta en partos múltiples: el padre tiene derecho a 5 días independientemente del número de hijos nacidos en el parto
  • Se acredita con el certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación
  • Es irrenunciable
  • También aplica en adopción: se cuenta desde la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción, conforme a los artículos 19 y 24 de la Ley N° 19.620

Fuero maternal: tu protección laboral durante el embarazo

Junto con los derechos de licencia, la ley otorga a la trabajadora embarazada una protección especial contra el despido: el fuero maternal, establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo.

Duración — Madre
Desde el inicio del embarazo hasta un año después de expirado el postnatal

Durante todo ese período, el empleador no puede poner término al contrato de trabajo sin autorización previa del Juez del Trabajo. Este procedimiento se llama desafuero. El año se cuenta desde el fin del descanso postnatal, sin incluir el período del Permiso Postnatal Parental.

Fuero — Padre
Si el padre hace uso del PPP, también goza de fuero

El fuero del padre rige por el doble de la duración del permiso que utilice, contado desde los 10 días anteriores al inicio del PPP. No puede exceder de 3 meses.

Si hay despido sin autorización
Plazo de 60 días hábiles para ejercer el derecho

Si el empleador pone término al contrato sin haber obtenido el desafuero judicial, la trabajadora puede demandar la nulidad del despido y solicitar su reintegro. Tiene derecho además a la remuneración por todo el período en que permaneció indebidamente fuera del trabajo. Este derecho debe hacerse efectivo dentro de los 60 días hábiles contados desde el despido.

Licencia por enfermedad grave del bebé: cuándo y cómo funciona

Una vez terminado el Permiso Postnatal Parental, si el bebé requiere cuidados especiales en el hogar por una enfermedad grave, existe una licencia específica para cubrir ese periodo.

Condiciones de uso
Válida hasta el año de edad del bebé
  • Aplica una vez terminado el PPP
  • La enfermedad debe ser acreditada con licencia médica del médico tratante
  • Si ambos padres son trabajadores, la madre puede ceder la licencia al padre
Duración y emisión
Primer mes: licencias de hasta 7 días consecutivos

Durante el primer mes acumulado, las licencias son de máximo 7 días y deben presentarse de forma consecutiva si se necesita continuar el reposo. Después del primer mes acumulado, pueden emitirse licencias por el periodo completo que especifique el certificado médico, sin sobrepasar los 30 días.

Exámenes de embarazo que cubre tu Isapre

Las Isapres tienen un Plan Preventivo (PPI) con un programa específico para el control del embarazo. Idealmente todos deben realizarse antes de la semana 13. Puedes acceder solicitando los bonos en sucursal o en el portal de tu Isapre.

Examen Detecta
Glicemia en ayunas Diabetes Gestacional
Test de Elisa (con consejería pre y post) VIH
VDRL o RPR en sangre Sífilis
Urocultivo Infección urinaria
Medición de peso y talla Sobrepeso u obesidad
Medición estandarizada de presión arterial Hipertensión arterial

El PPI también incluye controles por matrona y médico en distintas etapas del embarazo, y cuestionarios para detección de tabaquismo y consumo de alcohol (AUDIT y Estrategia 5A's).

Preguntas frecuentes

¿Qué es la ley de los novenos?

Es la norma que establece una cobertura proporcional del embarazo cuando te afilias a una Isapre estando embarazada. La cobertura equivale a la proporción de meses de gestación que quedan desde tu afiliación. Por ejemplo, si te afilias en el mes 3, tienes cobertura por los 6 meses restantes. No se cobra retroactivamente por el tiempo anterior a tu ingreso a la Isapre.

¿Cuándo debo emitir la licencia prenatal?

La licencia prenatal la emite el médico tratante o la matrona en la semana 34 de embarazo, 42 días antes del parto. Las licencias presentadas antes de ese plazo serán rechazadas por la SUSESO. Si el parto ocurre después de las 6 semanas, el médico emite una prórroga que cubre hasta el día previo al nacimiento.

¿Cuánto dura la licencia postnatal?

La licencia postnatal dura 84 días (12 semanas) desde el nacimiento. Se extiende 6 semanas adicionales si el parto fue antes de la semana 33 o si el bebé pesó menos de 1,5 kg al nacer, y 7 días corridos por cada hijo adicional en partos múltiples. Si ambas condiciones ocurren simultáneamente, se aplica el permiso de mayor extensión.

¿Puede el padre tomar el postnatal parental?

Sí. La madre puede ceder al padre hasta 6 semanas del Permiso Postnatal Parental. El padre puede ejercerlas a partir de la semana 7 del PPP (semana 19 desde el inicio del postnatal). Debe avisar con al menos 10 días de anticipación a su empleador, al empleador de la madre y a la Dirección del Trabajo. Además, el permiso pagado de 5 días al momento del nacimiento sigue vigente y es independiente del PPP.

¿Qué pasa si mi parto es antes de la semana 33?

Si el parto ocurre antes de la semana 33 o el bebé pesa menos de 1,5 kg al nacer, la licencia postnatal se extiende 6 semanas adicionales. Si además es un parto múltiple, se aplica solo el permiso de mayor extensión.

¿Puedo cambiarme de Isapre si ya estoy embarazada?

Sí. La ley de los novenos establece que la cobertura del parto será proporcional al tiempo de gestación que reste desde tu afiliación. No hay restricción para afiliarte estando embarazada. Cuanto antes te incorpores, mayor será la cobertura proporcional que obtendrás para el parto.

¿Puedo trabajar durante la licencia prenatal o postnatal?

No. La normativa prohíbe expresamente realizar cualquier trabajo remunerado durante la licencia prenatal, la licencia postnatal y el Permiso Postnatal Parental en jornada completa. El incumplimiento implica el rechazo de la licencia.

¿Qué pasa si tengo más de un empleador durante la licencia?

Debes presentar una licencia médica por cada empleador. Esto aplica tanto para la licencia prenatal como para la postnatal.

¿Qué es el fuero maternal y cuánto dura?

El fuero maternal es la protección legal que impide al empleador poner término al contrato de trabajo sin autorización previa del Juez del Trabajo (desafuero). Está establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo y rige desde el inicio del embarazo hasta un año después de expirado el descanso postnatal. Si el empleador despide sin autorización, la trabajadora puede demandar su reincorporación y tiene derecho a la remuneración por todo el período que permaneció fuera del trabajo. Este derecho debe ejercerse dentro de los 60 días hábiles desde el despido.

¿Cuántos días de permiso tiene el padre cuando nace su hijo?

El padre tiene derecho a 5 días de permiso pagado (Art. 195 Código del Trabajo). Puede usarlos desde el momento del parto en forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlos libremente dentro del primer mes desde el nacimiento. El permiso no se aumenta en caso de partos múltiples y es irrenunciable. También aplica para la adopción.

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