En esta guía
La ley de los novenos: qué es y cómo cubre tu parto
Si te afilias a una Isapre estando embarazada, la ley establece que tu cobertura del parto y del embarazo será proporcional al tiempo de gestación que reste desde tu afiliación.
El texto legal vigente establece:
"La isapre aplica la cobertura proporcional de parto en el evento que la fecha probable de concepción sea anterior a la suscripción del contrato de salud. La cobertura de las prestaciones asociadas al parto será, como mínimo, equivalente a la proporción entre el número de meses desde la suscripción del contrato hasta la ocurrencia del parto, y el número total de meses de duración efectiva del embarazo, de acuerdo al plan convenido. En todo caso, las partes podrán pactar condiciones superiores a la recientemente indicada." Normativa vigente sobre cobertura proporcional de parto
En términos prácticos, la cobertura se calcula así:
- Si te afilias en el mes 2 del embarazo, tienes cobertura por los 7 meses restantes
- Si te afilias en el mes 3, cobertura por los 6 meses restantes
- Si te afilias en el mes 5, cobertura por los 4 meses restantes
Solo pagas el costo proporcional, no el costo completo del embarazo. El cobro retroactivo queda eliminado.
Calculadora aproximada de cobertura proporcional
Estima cuánto cubrirá tu plan según las semanas de embarazo al firmar el contrato. Mueve los controles para ver el impacto.
Aún tienes buena cobertura proporcional. Cada semana cuenta.
Cómo elegir tu plan de Isapre si estás embarazada
El tipo de plan que contrates influye directamente en cuánto pagarás por el parto y los controles. Estos son los aspectos clave a revisar:
- Plan preferente: si ya elegiste la clínica donde quieres dar a luz, busca un plan preferente en ese lugar. Ofrece mayor porcentaje de cobertura y generalmente sin tope en la mayoría de las prestaciones, a diferencia del plan libre elección que suele tener topes.
- Red de prestadores: verifica que la clínica donde planeas dar a luz esté dentro de la red del plan que estás evaluando. Una vez elegida la Isapre, cambiar de clínica puede implicar menor cobertura.
- Cobertura hospitalaria del parto: revisa el porcentaje de cobertura para hospitalización y parto. Compara también si existen topes anuales que puedan afectarte en caso de complicaciones o estadía prolongada.
- CAEC: la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas protege ante gastos muy elevados en caso de complicaciones graves. Verifica la Red de Prestadores con la Isapre.
- Inscripción del nonato desde el mes 7: desde el séptimo mes de embarazo puedes inscribir al bebé como hijo nonato en tu plan. Si tuviese alguna preexistencia ya estaría dentro de la Isapre y con cobertura desde el nacimiento. Además, por fallo de la Corte Suprema de noviembre de 2022, los niños menores de 2 años no pagan el precio base del plan (la prima GES sí se cobra).
Licencia prenatal: cuándo empieza, cuánto dura y cómo se calcula el monto
La licencia prenatal protege a la trabajadora durante las semanas previas al parto, permitiéndole descansar con derecho a subsidio.
La emite el médico tratante o la matrona en la semana 34 de embarazo. Las licencias presentadas antes de ese plazo serán rechazadas por la SUSESO. Si el parto ocurre después de las 6 semanas, el médico emite una prórroga que cubre hasta el día previo al nacimiento.
- Trabajadoras dependientes del sector privado afiliadas al sistema previsional
- Trabajadoras independientes afiliadas al sistema previsional
- Las dependientes del sector público mantienen su remuneración y no requieren licencia prenatal
- 6 meses de afiliación previsional anteriores al mes en que se inicia la licencia
- 3 meses de cotización (90 días) dentro de los 6 meses anteriores a la fecha inicial de la licencia
- Contrato de trabajo vigente
- Contratadas por día/turno/jornada: puede rebajarse a 1 mes (30 días) dentro de los 180 días anteriores
- 12 meses de afiliación previsional
- Al menos 6 meses de cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 12 meses
- Estar al día en el pago de cotizaciones (se considera al día si pagó el mes anterior al de la incapacidad)
Dependientes: se toma el menor entre (1) el sueldo promedio diario de los 3 meses previos al inicio de la licencia, y (2) el sueldo promedio diario de los 3 meses previos a la fecha probable de concepción (FUR/FUP), ajustado por variación IPC e incrementado en 10%.
Independientes obligadas a cotizar: renta imponible anual dividida en 12. Si cotizó por un monto menor, se usa lo efectivamente cotizado.
Independientes no obligadas: cotización en base a la renta imponible del mes anterior al inicio de la licencia.
Licencia postnatal: duración, extensiones y casos especiales
Al momento del nacimiento comienza la licencia postnatal. Debe emitirse con el RUT del recién nacido.
La licencia debe emitirse con el RUT del recién nacido.
- Parto antes de la semana 33 o bebé menor de 1,5 kg al nacer: 6 semanas adicionales
- Parto múltiple: 7 días corridos adicionales por cada hijo adicional
- Si ocurren ambas condiciones simultáneamente, se aplica el permiso de mayor extensión
Postnatal parental: modalidades y cómo cedérselo al padre
Al terminar el postnatal comienzan 12 semanas adicionales de permiso. Existen tres modalidades para ejercerlo.
12 semanas de postnatal + 12 semanas de Permiso Postnatal Parental (PPP) en jornada completa. Es la modalidad por defecto si no se notifica al empleador sobre una opción distinta.
En la segunda etapa (media jornada) se paga el 50% del monto de la licencia postnatal.
- Para elegir esta modalidad: avisar al empleador mediante carta certificada con copia a la Inspección del Trabajo, al menos 30 días antes de que terminen las primeras 12 semanas de postnatal
- Si no se avisa a tiempo, debe tomarse en Modalidad A (24 semanas jornada completa)
- El empleador está obligado a aceptar, salvo que la naturaleza del trabajo exija jornada completa
- La madre puede ceder al padre hasta 6 semanas de las 12 del PPP
- El padre puede hacer uso a partir de la semana 7 del PPP (semana 19 desde el inicio del postnatal)
- Si la madre eligió media jornada para el PPP, solo puede ceder 12 semanas al padre en esa misma modalidad
- El padre debe avisar con al menos 10 días de anticipación: a su empleador, al empleador de la madre y a la Dirección del Trabajo
- El padre tiene fuero por el doble del periodo de licencia a jornada completa (máximo 3 meses en media jornada), contando desde 10 días antes del permiso
- El permiso pagado de 5 días del padre al momento del nacimiento sigue vigente y es independiente del PPP
Permiso de 5 días del padre: cómo y cuándo usarlo
El artículo 195 del Código del Trabajo establece que el padre tiene derecho a un permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo. Puede ejercerlo de dos formas:
Si el padre elige usarlo desde el momento del parto, los 5 días deben tomarse de forma ininterrumpida. Los días de descanso semanal que caigan en ese período no cuentan dentro de los 5 días.
El padre puede distribuir los 5 días como estime pertinente —en forma continua o fraccionada— mientras los use dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento.
- No se aumenta en partos múltiples: el padre tiene derecho a 5 días independientemente del número de hijos nacidos en el parto
- Se acredita con el certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación
- Es irrenunciable
- También aplica en adopción: se cuenta desde la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción, conforme a los artículos 19 y 24 de la Ley N° 19.620
Fuero maternal: tu protección laboral durante el embarazo
Junto con los derechos de licencia, la ley otorga a la trabajadora embarazada una protección especial contra el despido: el fuero maternal, establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo.
Durante todo ese período, el empleador no puede poner término al contrato de trabajo sin autorización previa del Juez del Trabajo. Este procedimiento se llama desafuero. El año se cuenta desde el fin del descanso postnatal, sin incluir el período del Permiso Postnatal Parental.
El fuero del padre rige por el doble de la duración del permiso que utilice, contado desde los 10 días anteriores al inicio del PPP. No puede exceder de 3 meses.
Si el empleador pone término al contrato sin haber obtenido el desafuero judicial, la trabajadora puede demandar la nulidad del despido y solicitar su reintegro. Tiene derecho además a la remuneración por todo el período en que permaneció indebidamente fuera del trabajo. Este derecho debe hacerse efectivo dentro de los 60 días hábiles contados desde el despido.
Licencia por enfermedad grave del bebé: cuándo y cómo funciona
Una vez terminado el Permiso Postnatal Parental, si el bebé requiere cuidados especiales en el hogar por una enfermedad grave, existe una licencia específica para cubrir ese periodo.
- Aplica una vez terminado el PPP
- La enfermedad debe ser acreditada con licencia médica del médico tratante
- Si ambos padres son trabajadores, la madre puede ceder la licencia al padre
Durante el primer mes acumulado, las licencias son de máximo 7 días y deben presentarse de forma consecutiva si se necesita continuar el reposo. Después del primer mes acumulado, pueden emitirse licencias por el periodo completo que especifique el certificado médico, sin sobrepasar los 30 días.
Exámenes de embarazo que cubre tu Isapre
Las Isapres tienen un Plan Preventivo (PPI) con un programa específico para el control del embarazo. Idealmente todos deben realizarse antes de la semana 13. Puedes acceder solicitando los bonos en sucursal o en el portal de tu Isapre.
| Examen | Detecta |
|---|---|
| Glicemia en ayunas | Diabetes Gestacional |
| Test de Elisa (con consejería pre y post) | VIH |
| VDRL o RPR en sangre | Sífilis |
| Urocultivo | Infección urinaria |
| Medición de peso y talla | Sobrepeso u obesidad |
| Medición estandarizada de presión arterial | Hipertensión arterial |
El PPI también incluye controles por matrona y médico en distintas etapas del embarazo, y cuestionarios para detección de tabaquismo y consumo de alcohol (AUDIT y Estrategia 5A's).
Preguntas frecuentes
¿Qué es la ley de los novenos?
Es la norma que establece una cobertura proporcional del embarazo cuando te afilias a una Isapre estando embarazada. La cobertura equivale a la proporción de meses de gestación que quedan desde tu afiliación. Por ejemplo, si te afilias en el mes 3, tienes cobertura por los 6 meses restantes. No se cobra retroactivamente por el tiempo anterior a tu ingreso a la Isapre.
¿Cuándo debo emitir la licencia prenatal?
La licencia prenatal la emite el médico tratante o la matrona en la semana 34 de embarazo, 42 días antes del parto. Las licencias presentadas antes de ese plazo serán rechazadas por la SUSESO. Si el parto ocurre después de las 6 semanas, el médico emite una prórroga que cubre hasta el día previo al nacimiento.
¿Cuánto dura la licencia postnatal?
La licencia postnatal dura 84 días (12 semanas) desde el nacimiento. Se extiende 6 semanas adicionales si el parto fue antes de la semana 33 o si el bebé pesó menos de 1,5 kg al nacer, y 7 días corridos por cada hijo adicional en partos múltiples. Si ambas condiciones ocurren simultáneamente, se aplica el permiso de mayor extensión.
¿Puede el padre tomar el postnatal parental?
Sí. La madre puede ceder al padre hasta 6 semanas del Permiso Postnatal Parental. El padre puede ejercerlas a partir de la semana 7 del PPP (semana 19 desde el inicio del postnatal). Debe avisar con al menos 10 días de anticipación a su empleador, al empleador de la madre y a la Dirección del Trabajo. Además, el permiso pagado de 5 días al momento del nacimiento sigue vigente y es independiente del PPP.
¿Qué pasa si mi parto es antes de la semana 33?
Si el parto ocurre antes de la semana 33 o el bebé pesa menos de 1,5 kg al nacer, la licencia postnatal se extiende 6 semanas adicionales. Si además es un parto múltiple, se aplica solo el permiso de mayor extensión.
¿Puedo cambiarme de Isapre si ya estoy embarazada?
Sí. La ley de los novenos establece que la cobertura del parto será proporcional al tiempo de gestación que reste desde tu afiliación. No hay restricción para afiliarte estando embarazada. Cuanto antes te incorpores, mayor será la cobertura proporcional que obtendrás para el parto.
¿Puedo trabajar durante la licencia prenatal o postnatal?
No. La normativa prohíbe expresamente realizar cualquier trabajo remunerado durante la licencia prenatal, la licencia postnatal y el Permiso Postnatal Parental en jornada completa. El incumplimiento implica el rechazo de la licencia.
¿Qué pasa si tengo más de un empleador durante la licencia?
Debes presentar una licencia médica por cada empleador. Esto aplica tanto para la licencia prenatal como para la postnatal.
¿Qué es el fuero maternal y cuánto dura?
El fuero maternal es la protección legal que impide al empleador poner término al contrato de trabajo sin autorización previa del Juez del Trabajo (desafuero). Está establecido en el artículo 201 del Código del Trabajo y rige desde el inicio del embarazo hasta un año después de expirado el descanso postnatal. Si el empleador despide sin autorización, la trabajadora puede demandar su reincorporación y tiene derecho a la remuneración por todo el período que permaneció fuera del trabajo. Este derecho debe ejercerse dentro de los 60 días hábiles desde el despido.
¿Cuántos días de permiso tiene el padre cuando nace su hijo?
El padre tiene derecho a 5 días de permiso pagado (Art. 195 Código del Trabajo). Puede usarlos desde el momento del parto en forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlos libremente dentro del primer mes desde el nacimiento. El permiso no se aumenta en caso de partos múltiples y es irrenunciable. También aplica para la adopción.